a) Dirigir y coordinar todas las actividades del Instituto, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar del Instituto y a su Claustro de Profesores.
b) Ostentar la representación del Instituto y representar oficialmente a la Administración educativa en el Instituto, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
c) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
d) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Instituto, controlar la asistencia al trabajo, y velar por el cumplimiento de las normas de régimen interno que afecten al personal docente y no docente adscrito al Instituto.
e) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del Instituto y ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia, decidiendo con voto de calidad en caso de empate.
f) Gestionar los medios materiales del Instituto.
g) Administrar los Ingresos, autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Instituto y ordenar los pagos, así como proceder a las adquisiciones de mobiliario y equipamiento, en el marco de las competencias que la normativa vigente atribuye a los Centros, rindiendo cuentas ante las autoridades correspondientes y visar las certificaciones y documentos oficiales del Instituto.
h) Designar al Jefe de Estudios y al Secretario, así como a cualquier otro órganos unipersonal de gobierno que pueda formar parte del equipo directivo, a excepción del administrador, y proponer sus nombramientos y ceses al Departamento de Educación y Cultura.
i) Designar a los Jefes de los Departamentos, tutores y cualesquiera otros órganos unipersonales cuya designación no competa a otro órganos, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.
j) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la correcta ejecución de sus respectivas competencias.
k) Elaborar, junto con el resto del Equipo Directivo, la propuesta del proyecto Educativo del Instituto y de la Programación General Anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro y por las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos, así como velar por su correcta aplicación.
l) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos del Distrito.
m) Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.
n) Promover e impulsar las relaciones del Instituto con las instituciones de su entorno.
ñ) Facilitar la información sobre la vida del Instituto a los distintos sectores de la comunidad escolar y promover relaciones con las empresas o entidades que colaboren en la formación del alumnado y en su inserción profesional, y suscribir convenios de colaboración entre el Instituto y las mencionadas entidades, una vez informado el Consejo Escolar.
o) Supervisar los asuntos relacionados con la gestión del comedor escolar, en los términos previstos en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio, y en las instrucciones de desarrollo del mismo, con facultad de dictar directrices para corregir situaciones de funcionamiento anormal del servicio y supervisar los asuntos relativos al transporte escolar. Adoptar resoluciones acerca del uso de instalaciones de los centros.
p) Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior, y en cumplimiento de los criterios fijados por el Consejo Escolar.
q) Asignar provisionalmente el horario del profesorado, elaborado previamente por la Jefatura de Estudios, hasta su aprobación definitiva por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.
r) Otorgar la personal del centro permisos y licencias, en los términos que oportunamente establezca al efecto el Departamento de Educación y Cultura.
s) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes.
t) Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Centro y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.
u) Elevar al Departamento de Educación y Cultura la Memoria Anual sobre las actividades y situación general del Instituto.
v) Garantizar el derecho de reunión del profesorado, alumnado, padres y madres de alumnos y personal de administración y servicios.
w) Decidir, a propuesta del Consejo Escolar, la incoación o no de expedientes sancionadores al alumnado, en el marco de lo establecido al respecto en la normativa que regula los derechos y deberes del alumnado.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad en aquellos Centros que no dispongan de Vicedirector.
c) Participar en la elaboración y revisión del Proyecto Educativo, Proyecto Curricular y Programación General Anual del Centro, y velar por su cumplimiento.
d) Educativo, Proyectos Curriculares de Etapa y Programación General Anual, y velar por su ejecución.
e) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos de gobierno unipersonales del Centro, los horarios académicos del alumnado y profesorado, de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así como someterlos a la aprobación provisional del Director, y velar por su estricto cumplimiento.
f) Coordinar y dirigir la acción de los Tutores y del Orientador del Instituto, conforme al Plan de Acción Tutorial.
g) Organizar las actividades del Instituto, de tal manera que se posibilite la realización del Plan de Formación del Profesorado del Centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Facilitar la organización del alumnado e impulsar su participación en el instituto.
j) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.
a) Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como Secretario de los órganos de gobierno colegiados del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Instituto.
d) Expedir las Certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales e informáticos y del material didáctico.
g) Ejercer, por Delegación del Director y bajo su autoridad, la Jefatura del Personal de administración y de servicios adscritos al Instituto.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Instituto.
i) Ordenar el régimen económico del Instituto de conformidad con las instrucciones del Director y llevar la contabilidad.
j) Velar por el mantenimiento material del Instituto en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Participar en la elaboración y revisión del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual, junto con el resto del Equipo Directivo.
l) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencia.